Alberto Casas.
A partir del descubrimiento de
América, España tuvo que asumir la responsabilidad de administrar un vasto
imperio, terrestre y marítimo, para la que no estaba preparada ni social, ni
política, ni económicamente.
Para el control de los
mares necesitaba pilotos, marineros y buenas boyas para gobernar sus navíos en el Mediterráneo, en el Atlántico,
en el Caribe y en Filipinas. Las galeras debían custodiar nuestras costas para
interceptar a los piratas berberiscos y a las armadas turcas; En el Atlántico
tenían que luchar contra franceses, ingleses y holandeses, y proteger las
flotas de Indias de piratas y corsarios.
La escasez de
recursos humanos para sostener esta gigantesca maquinaria política, militar y
comercial, repercutió en la marina real, imposibilitada de enrolar
tripulaciones expertas, teniéndose que recurrir a las levas y a los presidios, especialmente para completar la chusma de las galeras.
Las dificultades
del enrole, 20 hombres por tonelada de arqueo, es denunciada al rey (8 de Junio
de 1606) por el duque de Medina Sidonia, Capitán General del Mar Océano y de
las costas de Andalucía, recordándole la
falta de marineros que hay en estos Reynos. Por otro lado, empiezan a
llover sobre la Corte
quejas de los Concejos, Juntas y Merindades sobre los daños que las levas están originando:
Siendo como somos nosotros caseros y personas que vivimos con la
labranza de las tierras, casas y caseríos, y en hacer carbón y en oficio de
carpintería y de herrería, y en otros ministerios semejantes, y no siendo como
no somos marineros que ni hemos vivido en oficio de marinería, ni siendo útiles
para ello, nos han alistado para marineros y metidonos en suertes para que los
seamos y sirvamos en las armadas de SM, haciéndonos para ello fuerza, vejación
y molestias y prendiéndonos para ello.
El Consejo de
Guerra Real decide aplicar un sistema de reclutamiento naval semejante al Ruolo veneciano, como fórmula para
terminar con el caos que el sistema vigente origina, dictaminando que se realice
una matricula general en las costas de
estos Reyno de toda la gente que usa en ellos el arte y oficio de la marinería.
Con este nuevo programa de alistamiento naval, las Cofradías de Mareantes
estaban obligadas a llevar un Registro de todos aquellos que ejercieran oficios
de mar: pilotos, cómitres, marineros, grumetes, calafates, etc., de los cuales
podría disponer el rey para su armada con el fin de dotarla de un personal
cualificado, evitando, de paso, los graves perjuicios que ocasionaban las levas en las tierras del interior. La Matricula de Mar, que también alcanzaba a los barqueros del Guadalquivir, pasó por una
serie de vicisitudes que anulaban su eficacia.
Las Reales Cédulas
de 1533 y de 1606 no resolvían el cuestionable problema de los bajísimos
salarios que percibía la marinería, muchas veces con un retraso de dos años, o
más, además del rechazo de las Juntas de los Puertos de la Hermandad de las
Marismas (Santander, Laredo, Castro-Urdiales, Vitoria, Bermeo, Guetaria,
San Sebastián y Fuenterrabía) oponiéndose frontalmente a las levas marineras que los Comisarios
reales ejecutaban haciendo la compañía
donde fuera, como fuera y conviniera
En Octubre de 1625,
se establece la Matricula con carácter
obligatorio, ordenando que se cumpla
…y no consientan ir contra ello en ninguna forma, sin embargo de
cualquier causa, razón, excepción, ó derecho que se quiera alegar, ni leyes que
haya en contrario que declaro nulas y de ningún valor.
Esta prescripción se consolidó en las Ordenanzas de 1737, estableciendo
que
sólo podrán navegar los inscritos en las Listas de Marinería de las
Cofradías de Mareantes que expedirán los correspondientes certificados.
En 1800 las fuerzas
navales del reino estaban constituidas por 76 navíos, 51 fragatas y 181 buques
menores que requerían por lo menos una dotación de unos 111. 000 hombres, de
los que solamente se disponía de unos 50.000, situación que se remedió vaciando los presidios por las escotillas de
los navíos, medida que a la postre se reflejó en la relajación de la
disciplina a bordo (motines, deserciones y riñas), a pesar de los durísimos
castigos que se imponían.
Varias propuestas
encaminadas a asimilar la recluta de mar con la de tierra, introduciendo el
sistema de reemplazos, quintas y sorteos, culminaron con la reforma del 27 de
Noviembre de 1867, en la que se implantaban, además de mejoras salariales y
sociales, conceptos morales que procuraban dignificar la profesión marinera.
Pero a pesar de los pesares, esta Institución nunca gozó del favor de los Gremios de Mareantes, ni de gran parte
de juristas y políticos, que consiguieron su derogación y sustitución por la Ley de Inscripción Marítima, de 22 de Marzo
de 1873, en la que se dotaba al profesional de la mar (mercante, pesca, etc.)
de una Libreta de Inscripción Marítima,
donde la Autoridad
de Marina anotaba los embarques y desembarques realizados, así como de una Cartilla Naval, a efectos de su
incorporación activa a la
Marina de Guerra (servicio militar).
Actualmente, además
de la Libreta ,
vulgarmente llamada Folio, es
obligatorio presentar el Certificado de
Competencia Marinera para poder ejercer los oficios de mar.
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